El Real Decreto 34/2025, que ratifica oficialmente la voluntariedad del cuaderno digital de explotación agrícola durante el actual periodo de aplicación de la Política Agrícola Común (2023-2027), recoge la obligatoriedad del registro electrónico de los tratamientos fitosanitarios a partir de 2026.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el real decreto aprobado por el Consejo de Ministros que modifica diversa normativa sobre el sistema de información de las explotaciones agrarias para introducir el carácter voluntario de la utilización del cuaderno digital de explotación. La finalidad fundamental es “simplificar la gestión del cuaderno de explotación a efectos de la información que los agricultores, ganaderos y empresas conexas deben facilitar a la Administración, en materia agraria, reduciendo las cargas administrativas para los interesados”.
La voluntariedad del cuaderno digital se prolonga a lo largo de este periodo de programación de la PAC. Será de obligado cumplimiento, en el siguiente periodo de la PAC, para aquellas explotaciones que tengan una superficie superior a 30 hectáreas, de cultivos permanentes y tierras de cultivo; que tengan más 5 hectáreas de regadío sobre el total de su superficie de cultivos permanentes y tierras de cultivos; y que dispongan de invernaderos con superficie total bajo cubierta superior a 0,1 hectáreas. En el caso de que no cumplan ninguna de las condiciones establecidas en los apartados anteriores, solamente la parte de la superficie agraria con invernadero deberá estar sujeta al cumplimiento del cuaderno digital.
